A diferencia de lo que establece la normativa estatal (más restrictiva) los niños de 8 a 10 años pueden tirar, durante las fiestas y siempre acompañados de un adulto, petardos de Categoría I (bombetas, algunas fuentes, bengalas de cerilla o torbellinos de suelo…).
A partir de los 10 años, también pueden usar artefactos pirotécnicos de Categoría II (bengalas de tubo o palo, trueno de mecha, correcamas, torbellino rotación, fuente, minivoladores, volcanes, etc).
Además, los padres o tutores deben llevar encima un formulario en el que autorizan la rebaja en la edad de la norma valenciana con respecto a la estatal y hacen constar que se les ha explicado a los niños el uso adecuado de ese material. Ese formulario se puede descargar desde la web de la Conselleria de Gobernación
El modelo de autorización no hay que presentarlo en ningún órgano de la administración, simplemente debe quedarse bajo la custodia del padre o tutor legal a efectos de su posible requerimiento por parte de las autoridades competentes.
Lo que hay que saber
- Más información acerca del uso de petardos en la web de la Conselleria de Gobernación